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Se retira un proyecto de ley en Colombia por un artículo demasiado "abierto"

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Se retira un proyecto de ley en Colombia por un artículo demasiado "abierto"

Viñeta de octubre de 2018 del humorista colombiano "Matador" que se ha enfrentado a un par de procesos judiciales por sus viñetas.

Estos últimos días se ha hablado mucho en Colombia del proyecto de ley  para la modificación de la Ley 599 de 2000 al que se añadían veinte nuevos artículos, entre ellos uno que decía tal que así:

“El que, sin consentimiento del sujeto pasivo, y valiéndose de medios tecnológicos, creare imágenes o videos en los que se simula el rostro de otra persona, y posteriormente los difundiere o publicare o a través de cualquier medio o red de información o de comunicación, con el propósito de obtener algún provecho económico, social o político, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses”.

Esta modificación provocó la reacción de distintos colectivos y personas, también de algunos viñetistas y unos cuantos medios publicaron titulares de alarma como estos:

"¿Proyecto de ley prohíbe las caricaturas en Colombia?"(1)

"Alertan de proyecto de ley que podría terminar en el castigo con cárcel a caricaturistas en Colombia" (2)

"¿9 años de cárcel por hacer memes? La ley que impulsa la bancada de Mira" (3)

"Advierten sobre proyecto de ley que podría desencadenar en la censura y cárcel de los caricaturistas" (4)

 

"Polémica por proyecto de ley en Colombia que propuso sancionar a creadores de memes" (5)

Se supone que ese texto del proyecto hacía referencia, entre otras cosas, al "morphing" y a los ya más que populares "deepfakes".

Se trataba sólo de una más de las propuestas de protección de los menores ante los ciberdelitos. Entre ellas la creación del “delito de "sexting", consistente en publicar, divulgar o revelar, imágenes o grabaciones audiovisuales de la actividad sexual o con contenido sexual de una persona, sin su autorización, en redes de información o comunicación” o también “ofrecer o entregar a un tercero las imágenes o las grabaciones audiovisuales de la actividad sexual o con contenido sexual de una persona, sin su consentimiento”.

El peligro de posibles interpretaciones

Los críticos con este artículo lo que señalaban es que la ambigüedad del texto en cuanto al uso de imágenes de rostros de personas sin contemplar excepción alguna permitiría juzgar y condenar a un viñetista por dibujar la caricatura de alguien sin su consentimiento.

Como entiendo lo justo de la cosa jurídica, menos aún de leyes colombianas y tampoco sé si por allí también existe la figura del animus iocandi y algo similar al derecho a la parodia, me he limitado a leer un cerro de opiniones y artículos. Algunos juristas señalaban el peligro de un texto demasiado abierto. Y estoy de acuerdo con ellos, es un artículo demasiado genérico que invita a posibles "alegres" interpretaciones.

En España, donde presumimos de libertades, tampoco se prohíben las caricaturas y las parodias. Aunque esto no importa porque se puede condenar a dibujantes, guionistas o cualquier otro comediante por hacer algún chiste de los borbones que un juez considere injurioso por obra y desgracia del también generoso y abierto artículo 491 del CódigoPenal redactado a medida y en exclusiva para la Casa Real. Y seguro que cuando se redactó muchos pensaron que nunca se usaría para eso.

1. Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior (ver 490), y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.

2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de la Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o de la Princesa de Asturias, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.

Carlos Eduardo Guevara, presidente y senador del partido MIRA salió al paso asegurando que no es la finalidad de ese nuevo punto.

24 horas después el partido MIRA solicitó la retirada del proyecto de ley.

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